Jurisprudencia bonaerense.
El pasado 5 de diciembre, la jueza de Familia Nro. 2 de Necochea falló a favor de una mujer apropiada, que solicitó cambiar su nombre, apellido y fecha de nacimiento en sus documentos de identidad. “Fue sanador y reparador”, dijo la víctima.
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Después de 49 años, Veronika Jana Burstein siente que por primera vez puede mencionarse. “Un poco de justicia para tanto dolor” explica la mujer, que fue comprada en el año 1974 por una pareja que le ocultó la verdad durante gran parte de su vida.
La infancia de Verónika junto a las personas que la criaron no fue fácil, lo que la marcó negativamente. Cuando su apropiador falleció, su esposa descargó todo su enojo contra ella y le contó sin preámbulos que no eran sus padres biológicos. Desde entonces, se abocó a conseguir la mayor cantidad de información sobre su verdadera historia, sin que su apropiadora colabore con ella. En 2011 denunció a la partera que la vendió al nacer, Nilda Bomila Civale de Alvarez, condenada a 11 años de prisión por otros casos similares. Pero la justicia federal de San Martín a cargo de la instrucción, evitó investigar al poner el énfasis en la edad de la partera que actualmente tiene 93 años y no en la búsqueda de información para lograr conocer la verdadera identidad de origen de las víctimas.
Posteriormente, en un movimiento de reafirmación subjetiva, Verónika solicitó a la justicia de familia llevar el nombre con el que se identifica y el apellido de una familia que fue muy importante en su vida y en su imaginario de lo que era una vida familiar “normal”; los Burnstein.
En este caso, la Jueza Mirta Beatriz Cuadrado escuchó atentamente a Verónika e hizo lugar a su pedido, a través de un fallo que se mete de lleno en un asunto hasta ahora muy poco atendido por la Justicia de familia: la histórica apropiación de personas en nuestro país, problemática que reviste una enorme magnitud y que sin embargo, tiende a relativizarse. En este sentido, el fallo reconoce que la sustitución de identidad cuenta con la connivencia de “médicos, parteras, funcionarios del poder judicial entre otras personas, que participaron y son responsables de la práctica de inscribir como propio a un hijo ajeno”. Además agrega que son “prácticas que tienen larga data en nuestro país” y constituyen “otra forma de violación a la identidad; la filiación falsificada, los legales pero ilegítimos muchas personas que fueron adoptadas con falsas inscripciones, lo que en realidad constituye una apropiación y por ende un delito”.
El fallo subraya también, que las cuestiones del estado civil de las personas, de la filiación, son imprescriptibles y se pueden iniciar “en el momento que la persona necesite ser llamada por su nombre, nombre que cuenta su historia”.
Desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se informó:
"Todas las personas tienen derecho a conocer su identidad de origen. Actualmente en la Provincia de Buenos Aires, la Dirección de Personas Desaparecidas acompaña a cientos de buscadores y buscadoras de su identidad y a madres que buscan niños que fueron dados en adopción o que les fueron robados al nacer. La compraventa, entrega, robo, sustitución de identidad, adulteración de documentos han sido legitimados en distintos grados a lo largo de toda nuestra historia. Si tenés dudas sobre tus orígenes, si no pudiste o no quisiste maternar, podés comunicarte con la Dirección de Personas Desaparecidas al 0800-333-5502 o a través de su correo electrónico: busquedadeorigen@mseg.gba.gob.ar"
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