Medicinal.
El Gobierno Nacional reglamentó el cultivo de cannabis medicinal.
De esta manera, los vecinos que tengan plantas en sus casas podrán resguardarlas de los allanamientos de la Policía Comunal o la Policía Federal.
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Estos son los requisitos:
- los cultivadores deben inscribirse en https://reprocann.salud.gob.ar. Deben contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico.
- los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: argentina.gob.ar. La autorización que se obtiene a través de la inscripción tendrá vigencia de un año.
- se autoriza el cultivo de entre 1 y 9 plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior (en el exterior no estará permitido cultiva) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.
Enlaces:
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- Cumpleaños.
- Cine+.
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