En el caso de las escuelas privadas que tienen aportes estatales, la Dirección General de Escuelas dispone sumas fijas de aumentos de acuerdo al porcentaje de aporte que el Estado le hace al colegio.
Por ejemplo, en los establecimientos secundarios privados con un aporte estatal del 100 por ciento, el arancel curricular actualizado a valores de 2019 no puede superar los 982 pesos, mientras que si este aporte es del 40 por ciento, este arancel debe fijarse en los 4.908 pesos.Estas cuotas estarán compuestas por la suma del arancel de enseñanza (el arancel curricular más el extracurricular), el mantenimiento, la matrícula y otros conceptos como el comedor, transporte, seguro, atención médica y equipamientos didácticos.
En el caso de los colegios privados sin aporte estatal, el arancel total debe surgir, según lo determina un decreto nacional, de la conformidad individual y expresa de la mayoría de las madres, padres o responsables de los alumnos y, una vez definido, no se podrá modificar durante todo el año lectivo para el cual fue anunciado, con la única excepción de un porcentaje de los incrementos salariales de los docentes.
“En una época donde las economías familiares están golpeadas por la crisis, y teniendo en cuenta la importancia de la educación para el futuro de los chicos, debemos estar atentos a que no se produzcan estas situaciones en los que muchos establecimientos pasan por encima de la ley para sacar ventaja”, puntualizó Lorenzino.
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