A través de una ley provincial.
(Gacetilla) El diputado provincial Marcelo Daletto presentó un proyecto de Ley para prevenir el consumo de bebidas energizantes mezcladas con alcohol a través del aumento del tamaño de la letra en las leyendas impresas en los recipientes; restricciones en las publicidades audiovisuales; y actualización de multas para los establecimientos bailables que no cumplan con dicha normativa.
“La Resolución 3634/2005 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (AMAT), establece en su artículo tercero que las bebidas energizantes deberán consignar una leyenda que estipula ‘El consumo con alcohol es nocivo para la salud’, y por lo tanto consideramos que dicha expresión debe estar contemplada en la normativa provincial, con un tamaño equivalente a un 20 por ciento en letras que contrasten con los colores del fondo y con las otras advertencias”, dijo el Legislador.
Asimismo, Daletto dijo que “También proponemos que las publicidades audiovisuales dentro del territorio de la Provincia, no deberán ser asociadas directa o indirectamente al consumo de bebidas alcohólicas; no deberán presentarse como productores de bienestar o salud; y en las mismas no deberán participar menores de dieciocho (18) años de edad”.
El Legislador sostuvo que la iniciativa apunta además a “Modificar la Ley 14.050 -conocida como Ley de nocturnidad-, con el objetivo de actualizar las multas para los establecimientos bailables”.
“Si bien la ANMAT clasificó a estas bebidas como ‘suplementos dietarios’ en la actualidad es de público conocimiento que no se las consume como tales. Si bien son productos de venta libre, su mezcla con alcohol las transforma en una sustancia tóxica y potencialmente mortal”, finalizó el Legislador.
“La Resolución 3634/2005 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (AMAT), establece en su artículo tercero que las bebidas energizantes deberán consignar una leyenda que estipula ‘El consumo con alcohol es nocivo para la salud’, y por lo tanto consideramos que dicha expresión debe estar contemplada en la normativa provincial, con un tamaño equivalente a un 20 por ciento en letras que contrasten con los colores del fondo y con las otras advertencias”, dijo el Legislador.
Asimismo, Daletto dijo que “También proponemos que las publicidades audiovisuales dentro del territorio de la Provincia, no deberán ser asociadas directa o indirectamente al consumo de bebidas alcohólicas; no deberán presentarse como productores de bienestar o salud; y en las mismas no deberán participar menores de dieciocho (18) años de edad”.
El Legislador sostuvo que la iniciativa apunta además a “Modificar la Ley 14.050 -conocida como Ley de nocturnidad-, con el objetivo de actualizar las multas para los establecimientos bailables”.
“Si bien la ANMAT clasificó a estas bebidas como ‘suplementos dietarios’ en la actualidad es de público conocimiento que no se las consume como tales. Si bien son productos de venta libre, su mezcla con alcohol las transforma en una sustancia tóxica y potencialmente mortal”, finalizó el Legislador.
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